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SE RESUELVE:
Otorgar la beca de colaboración al candidato que aparece recogido en el anexo I de este documento, y ello conforme a lo previsto en las bases de la convocatoria. Asimismo, conforme a lo establecido en la referida base séptima de la convocatoria, se acuerda la
creación del listado de suplentes que recoge el anexo II de esta resolución. Este listado conservará su vigencia hasta la finalización del período de beca, con el objetivo de cubrir posibles ceses o renuncias. Igualmente se publica en el anexo III el listado de solicitudes excluidas, indicando el motivo de exclusión.
Se establece un plazo de tres días a contar desde la fecha de la notificación de esta resolución para que las personas interesadas puedan presentar alegaciones a la presente resolución. Las alegaciones se podrán presentar por los cauces previstos en la convocatoria para la presentación de solicitudes. Si pasado el plazo establecido no se hubiese recibido ninguna alegación, este órgano procederá a elevar a definitiva esta resolución provisional. |